Instauración del diaconado permanente en nuestra diócesis de Zaragoza, "E l diaconado permanente: Un servicio al pueblo de Dios".

Carta Pastoral del arzobispo de Zaragoza, monseñor Vicente Jiménez Zamora, sobre la INSTAURACIÓN DEL DIACONADO PERMANENTE EN NUESTRA DIÓCESIS DE ZARAGOZA, «EL DIACONADO PERMANENTE: UN SERVICIO AL PUEBLO DE DIOS».

Introducción.

Queridos diocesanos:

1. Un deseo expreso.

Desde mi llegada a la Diócesis de Zaragoza, el 21 de diciembre de 2014, expresé mi deseo de instaurar en nuestra Diócesis el diaconado permanente. Así lo manifesté al Consejo Episcopal de Gobierno, al Consejo Presbiteral, al Consejo Diocesano de Pastoral y en otros encuentros con sacerdotes, miembros de vida consagrada y fieles laicos. Mi deseo expreso se apoyaba en la convicción de que el diaconado permanente es un don del Espíritu Santo a la Iglesia. De ello he tenido una rica experiencia en la Diócesis de Santander, de la que fui pastor durante siete años, y en la que ordené a algunos diáconos permanentes.

Las razones teológicas y pastorales, que respaldaban mi deseo, se fundamentaban en la Tradición de la Iglesia apostólica, testificada por el Nuevo Testamento (cfr. Hch 6, 1-6; Fil 1, 1; 1 Tim 3, 8- 13); en los Padres (Didajé 15, 1; Carta de San Policarpo a los Filipenses 5, 1-2) y en los concilios de los cuatro primeros siglos de la Iglesia.

Pero, sobre todo, estaba convencido de su conveniencia y necesidad, porque la instauración del diaconado permanente en la Iglesia está en consonancia con el Concilio Vaticano II, que se centró en la comprensión de la Iglesia; en la comunión de la comunidad de los fieles y de los ministros, en los ministerios sacramentales y en la organicidad de los mismos; en la dimensión sacramental y celebrativa de la Iglesia; en la escucha de la Palabra de Dios que nos pone en camino de la evangelización. La restauración del diaconado permanente es coherente con toda la obra conciliar.

La confirmación de mi deseo y voluntad de restaurar el diaconado permanente en nuestra Diócesis de Zaragoza se apoyaba, en definitiva, en el Concilio Vaticano II, que lo reinstauraba como un “grado propio y permanente de la Jerarquía” (LG, 29; cfr. También OE, 17 y AG, 16).

El Catecismo de la Iglesia Católica nos recuerda también que “los diáconos participan de una manera especial en la misión y la gracia de Cristo (cfr. LG, 44; AA, 16). El sacramento del Orden los marcó con un sello (“carácter”) que nadie puede hacer desaparecer y que los configura con Cristo que se hizo “diácono”, es decir, el servidor de todos (cfr. Mc 10, 45; Lc 22, 27; San Policarpo, Epístola a los Filipenses 5, 2)” (n. 1570). Por eso, citando al Concilio Vaticano II, juzga “apropiado y útil que hombres que realizan en la Iglesia un ministerio verdaderamente diaconal, ya en la vida litúrgica y pastoral, ya en las obras sociales y caritativas, “sean fortalecidos por la imposición de las manos transmitida ya desde los Apóstoles y se unan más estrechamente al servicio del altar, para que cumplan con mayor eficacia su ministerio por la gracia sacramental del diaconado” (n. 1571).

El Magisterio pontificio posconciliar, especialmente del beato Papa Pablo VI, y el Código de Derecho Canónico han ido precisando más esta doctrina y disposiciones del Concilio Vaticano II.

En España contamos, después de un suficiente recorrido, con las Normas básicas para la formación de los diáconos permanentes en las Diócesis Españolas aprobadas en la CII Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, Madrid, 21.XI.2013. La Congregación para el Clero ha realizado la “recognitio” de estas Normas y las ha aprobado para un plazo de vigencia de seis años, con fecha 3 de abril de 2014.

 

2. Instauración en nuestra Diócesis de Zaragoza.

Conforme al número 13 de las Normas básicas para la formación de los diáconos permanentes en las Diócesis Españolas, oído el parecer favorable del Consejo Episcopal de Gobierno, del Consejo Presbiteral y del Consejo Diocesano de Pastoral, determiné instaurar el diaconado permanente en la Diócesis de Zaragoza, teniendo en cuenta las razones teológicas y eclesiológicas apuntadas; las necesidades pastorales concretas y la situación específica de nuestra Diócesis señaladas por bastantes sacerdotes, miembros de vida consagrada y fieles laicos.

Después de transcurrido un tiempo prudencial de discernimiento y de consultas, he promulgado un Decreto de instauración del diaconado permanente, publicado en el Boletín Eclesiástico Oficial del Arzobispado de Zaragoza, con fecha del 1 de diciembre de 2015. Creo sinceramente que ha llegado la hora de instaurar el diaconado permanente entre nosotros.

 

3. Finalidad de la Carta Pastoral.

Las Normas básicas, en el mismo número 13 disponen que “en caso que opte (el obispo) por restablecer el diaconado, debe hacerlo mediante el correspondiente Decreto y, simultáneamente promover una adecuada Catequesis para que el ministerio diaconal sea comprendido por todos los fieles”. Este es el cometido y la finalidad de esta sencilla Carta Pastoral. En ella se exponen algunos puntos principales para que el diaconado permanente sea comprendido por los fieles:

1. La vocación al diaconado permanente y perfil de los candidatos.

1.1. Prudencia en la puesta en marcha del diaconado permanente.

Para la puesta en marcha del diaconado permanente en nuestra Diócesis de Zaragoza, es necesario comenzar sin rebajar los niveles de formación teológica, de preparación pastoral y de vida espiritual de los futuros diáconos permanentes, de acuerdo con la naturaleza del sacramento del diaconado y su misión en la Iglesia y en el mundo; y en coherencia con la vida matrimonial, familiar y profesional de los candidatos.

Si el diaconado permanente arranca con mediocridad, será este comienzo un lastre para comprender el sentido de la vocación y la misión del diaconado permanente, y para estimular y formar las vocaciones al mismo; con plomo en las alas levanta con dificultad el vuelo. Es preferible ir despacio que apresurar el paso, tropezar y caer. Es verdad que ya es tiempo de poner decididamente en práctica también esta realidad de la renovación conciliar.

El ministerio al diaconado permanente es ejercicio de la sacramentalidad de la Iglesia; no es simplemente cumplimiento de unas tareas sociales y comunitarias. La sacramentalidad une fe y amor con la realización de ciertas actividades relevantes para la edificación de la Iglesia; es, por ello, dinamismo también evangelizador y no solo eficacia social y práctica.

El diácono es ministro del Señor Jesucristo, “que se hizo diácono de todos” (San Policarpo, Carta a los Filadelfios, V, 2), es también partícipe de un ministerio ejercido en la fraternidad y la comunión de la Iglesia. Podemos decir que por el carácter sacramental es configurado con Jesucristo Servidor. La tradición cristiana ha considerado al diá- cono como representante y signo de Cristo siervo.

1.2. La vocación al diaconado permanente.

“La vocación al diaconado permanente —dicen las últimas Normas básicas— se configura a partir de la llamada de Dios y de la respuesta del que se siente llamado, verificadas por la elección pública de la Iglesia y la ordenación sacramental. Los candidatos al diaconado permanente deben ser personas probadas e irreprensibles, sinceras y dignas, íntegras en guardar el tesoro de la fe, serviciales, generosas y compasivas, y capaces, si la tuviere, de guiar la propia familia (cfr. CIC, cn. 1029). Se les pide la madurez humana necesaria (responsabilidad, equilibrio, buen criterio, capacidad de diálogo) y la práctica de las virtudes evangélicas (oración, piedad, sentido de Iglesia, espíritu de pobreza y de obediencia, celo apostólico, disponibilidad, amor gratuito y servicial a los hermanos)” (Normas básicas, 16).

1.3. Requisitos para el discernimiento vocacional.

“El discernimiento de la autenticidad de la vocación del candidato a la ordenación diaconal compete hacerlo al obispo diocesano, quien no dejará de consultar y atender el sentir de la comunidad en la que hubiera vivido el candidato. El discernimiento debe realizarse según criterios objetivos, teniendo en cuenta tanto los requisitos de orden general (cfr. Normas básicas, 31), como aquello que tengan en cuenta las necesidades pastorales de la Diócesis y el particular estado de vida de los candidatos (cfr. Normas básicas, 29) (Normas básicas, 17).

“Los diáconos están llamados a participar de una manera especial en la misión y la gracia de Cristo. Por el sacramento del orden son marcados con un sello (“carácter”) que nadie puede hacer desaparecer y que los configura con Cristo que se hizo “diácono”, es decir, el servidor de todos (cfr. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1570). “En su grado, el diácono personifica a Cristo siervo del Padre, participando en la triple función del sacramento del orden” (Juan Pablo II, al Congreso de diáconos permanentes italianos, 16.III.1985). Por ello es fundamental que el candidato tenga explícitamente vocación al diaconado permanente, que consiste en ser “signo o sacramento del mismo Cristo Señor”, “el cual no vino para ser servido, sino para servir” (Ad pascendum, Introducción; cfr. Normas básicas, 85). La elección deberá basarse exclusivamente en la idoneidad del candidato y en la necesidad de su ministerio en la Diócesis; jamás será concebida como una especie de premio por los servicios prestados a la Iglesia. Tampoco sería admisible un candidato casado que “deseando ser presbítero”, ante la imposibilidad de serlo, viera en el diaconado una compensación o suplencia de aquella aspiración” (Normas básicas, 19).

1.4. Edad de los candidatos.

“La edad mínima para la admisión al diaconado permanente será la fijada en los documentos pontificios: 25 años para el candidato célibe; 35 años para el candidato casado (Sacrum diaconatus ordinem: motu proprio de Pablo VI, nn. 5 y 11); (CIC, cn. 1031 & 2). La edad máxima quedará fijada alrededor de los 60 años” (Normas básicas, 23)

2. Los protagonistas de la formación:

–  El obispo diocesano y sus colaboradores (cfr. Normas básicas, n. 31 y 32).

–  El director para la formación.

“El director para la formación, nombrado por el obispo […] coordina a las personas comprometidas en la formación de los diáconos, preside y anima la labor educativa en todas sus dimensiones, acompaña a los candidatos y mantiene el contacto con sus familiares y las parroquias en las que colaboran pastoralmente. Presenta al obispo su parecer acerca de la idoneidad de los aspirantes y candidatos al diaconado escuchando el parecer de los demás formadores, excluido el director espiritual” (Normas básicas, 33).

En nuestra Diócesis de Zaragoza el Director nombrado por el Arzobispo es el actual Rector del Seminario Metropolitano, D. Fernando José ArreguiMoreno. A él deben dirigirse los candidatos avalados por sacerdotes o por personas que conozcan bien a los candidatos.

3. Formación.

Tres etapas.

El itinerario de la formación está bien desarrollado en las Normas básicas, 43-55:

– Etapa introductoria o Periodo propedéutico: Un tiempo de discernimiento en el que se reflexiona sobre el significado de su vocación diaconal.

– Etapa de formación: Tres años de preparación teológica, pastoral, espiritual y comunitaria.

– Etapa de pastoral: Un tiempo de inserción pastoral recibiendo los ministerios laicales de lector y acólito.

4. Ejercicio y funciones:

Los ámbitos ministeriales concretos de los diáconos en la misión de la Iglesia son, entre otros, los siguientes. Aquí debemos proceder teniendo en cuenta la experiencia contrastada de otras Diócesis que ya tienen instaurado el diaconado permanente.

CARIDAD:

• Delegados diocesanos en organizaciones de caridad.

• Encargados de Cáritas parroquial, obras asistenciales, enfermos y marginados.

LITURGIA:

• Asiste durante las funciones litúrgicas al obispo o al presbítero.

• Administra: comunión en la Misa y fuera de la Misa, comunión y viático a los enfermos.

• Celebra el sacramento del Bautismo.

• Bendice a los matrimonios (con delegación).

• Exequias.

• Preside la oración de la comunidad y la liturgia de las horas.

PALABRA:

• Catequesis.

• Preside la celebración de la Palabra.

• Proclama el Evangelio y predica la homilía.

ADMINISTRACIÓN Y GOBIERNO:

• Cargos administrativos de la Curia.

• Delegados diocesanos de algunas acciones pastorales.

• Despacho parroquial.

• Centros de orientación familiar.

• Relaciones públicas.

Conclusión:

Instaurar el diaconado permanente en nuestra Diócesis de Zaragoza. Damos gracias a Dios por este don que hace a nuestra Iglesia con este ministerio, un don que nos recuerda a todos cuál es nuestra común dignidad, vocación y misión: servir a Dios y a los hermanos desde el amor.

Pedimos al Espíritu Santo que sea una realidad gozosa en nuestra Iglesia particular, que se halla inmersa en la puesta en marcha de un nuevo Plan Diocesano de Pastoral 20215-2020, con el lema. “Id y anunciad en Evangelio” (Mc 16, 15), en sintonía con la Exhortación Apostólica del Papa Francisco, Evangelii gaudium.

Que Dios nuestro Señor, por intercesión de Santa María del Pilar, la sierva humilde y obediente a la voluntad de Dios, nos conceda muchas y santas vocaciones al ministerio diaconal.

Con mi afecto, gratitud y bendición,

Vicente Jiménez, Arzobispo de Zaragoza

Zaragoza, 22 de enero de 2016 Memoria de San Vicente, diácono y mártir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *