Comisión Teológica Internacional: "El diaconado: Evolución y Perspectivas" (2002). Referencias a las diaconisas y al diaconado femenino

Presentamos a continuación las referencias que sobre las «diaconisas» y sobre el «diaconado permanente» , se recogen en el documento de la CTI: «El diaconado: Evolución y Perspectivas»:

Capitulo 2.4. El ministerio de las diaconisas

En la época apostólica, diversas formas de asistencia diaconal, tanto respecto a los apóstoles como a las comunidades, ejercidas por mujeres parecen tener un carácter institucional. Es así como Pablo recomienda a la comunidad de Roma «a Febe, nuestra hermana, diaconisa (he diakonos) de la Iglesia de Cencreas» (cf. Rom 16,1-4). Aunque es utilizada aquí la forma masculina de diakonos, no se puede concluir que ésta designe ya la función específica del «diácono»; de una parte, porque en este contexto diakonos significa aún en sentido muy general servidor y, de otra parte, porque la palabra «servidor» no posee un sufijo femenino, sino que posee un artículo femenino. Lo que parece seguro es que Febe ejerció un servicio en la comunidad de Cencreas, reconocido y subordinado al ministerio del Apóstol. En otras partes, en Pablo, a las mismas autoridades del mundo se las denomina diakonos (Rom 13,4) y, en 2 Cor 11,14-15, se trata de diakonoi del diablo.

Los exegetas están divididos a propósito de 1 Tim 3,11. La mención de las «mujeres» a continuación de los diáconos puede hacer pensar en las mujeres-diáconos (la misma presentación por «igualmente») o bien en las esposas de los diáconos, de quienes se ha hablado más arriba. En esta carta, las funciones del diácono no son descritas, sino solamente las condiciones de su admisión. Se dice que las mujeres no deben enseñar ni dirigir a los hombres (1 Tim 2,8-15). Pero las funciones de dirección y de enseñanza están, de todas formas, reservadas al obispo (1 Tim 3,5) y a los presbíteros (1 Tim 5,17), no a los diáconos. Las viudas constituyen un grupo reconocido en la comunidad, de quien ellas reciben asistencia a cambio de su compromiso de continencia y de oración. 1 Tina 5,3-16 insiste en las condiciones de su inscripción en la lista de viudas socorridas por la comunidad y no dice nada a propósito de sus funciones eventuales. Más tarde, serán oficialmente «instituidas», pero no «ordenadas»[58] ; constituirán un «orden» en la Iglesia[59] y no tendrán jamás otra misión que la del buen ejemplo y la oración.

En el comienzo del siglo II, una carta de Plinio el joven, gobernador de Bitinia, menciona a dos mujeres, designadas por los cristianos como ministrae, equivalente probable del griego diakonoi (X 96-97). Y será a partir del siglo III cuando aparezcan los términos específicamente cristianos de diaconissa o diacona.

En efecto, a partir del siglo III, en ciertas regiones de la Iglesia[60] —no en todas— se atestigua un ministerio eclesial específico atribuido a las mujeres llamadas diaconisas[61]. Se trata de Siria oriental y de Constantinopla. Hacia el 240 aparece una compilación canónico-litúrgica singular, la Didascalia de los Apóstoles, que no tiene carácter oficial. El obispo posee en ella las características de un patriarca bíblico omnipotente (cf. DA 2, 33-35, 3). Él es la cabeza de una comunidad pequeña, a la que dirige sobre todo con la ayuda de diáconos y diaconisas. Estas últimas aparecen aquí por primera vez en un documento eclesiástico. Según una tipología tomada de Ignacio de Antioquía, el obispo ocupa el lugar de Dios Padre, el diácono el lugar de Cristo y la diaconisa el del Espíritu Santo (palabra del género femenino en las lenguas semíticas), mientras que los presbíteros (poco mencionados) representan a los Apóstoles y las viudas al altar (DA 2, 26, 4-7). No se trata en forma alguna de la ordenación de estos ministros.

La Didascalia pone el acento sobre la función caritativa del diácono y de la diaconisa. El ministerio de la diaconía tiene que aparecer como «una sola alma en dos cuerpos». Tiene por modelo la diaconía de Cristo que lavó los pies de sus discípulos (DA 3, 13, 1-7). No obstante, en cuanto a las funciones ejercidas, no existe paralelismo estricto entre las dos ramas del diaconado. Los diáconos han sido elegidos por el obispo para «ocuparse de muchas cosas necesarias», y las diaconisas solamente «para el servicio de las mujeres» (DA 3, 12, 1). Se desea que «el número de los diáconos sea proporcional al de la asamblea del pueblo de la Iglesia» (DA 3, 13, 1)[62] . Los diáconos administran los bienes de la comunidad en nombre del obispo. Al igual que el obispo, son sustentados con los bienes de la comunidad. Se dice de los diáconos que son el oído y la boca del obispo (DA 2, 44, 3-4). El fiel ha de pasar por ellos para acceder al obispo, lo mismo que las mujeres han de pasar por las diaconisas (DA 3, 12, 1-4). Un diácono vigila las entradas de la sala de reuniones mientras que otro asiste al obispo en la ofrenda eucarística (DA 2, 57, 6).

La diaconisa ha de proceder a la unción corporal de las mujeres en el momento del bautismo, instruir a las mujeres neófitas, visitar en sus casas a las mujeres creyentes y, sobre todo, a las enfermas. Le está prohibido conferir el bautismo como tal y desempeñar una función en la ofrenda eucarística (DA 3, 12, 1-4). Las diaconisas lograron ganar en importancia a las viudas. El obispo puede siempre instituir viudas, pero estas no deben ni enseñar ni administrar el bautismo (de las mujeres), sino solamente orar (DA 3, 5, 1-3, 6, 2).

Las Constituciones apostólicas, que aparecieron en Siria hacia el 380, utilizan e interpolan la Didascalia, la Didache e, igualmente, la Tradición apostólica. Tendrán una influencia perdurable en la disciplina de las ordenaciones en Oriente, aun cuando nunca fueron consideradas como una colección canónica oficial. El compilador prevé la imposición de manos junto con la epíclesis del Espíritu Santo no solo para los obispos, los presbíteros y los diáconos, sino también para las diaconisas, subdiáconos y lectores (cf. CA VIII, 16-23)[63]. La noción de klèros es ampliada a todos aquellos que ejercen un ministerio litúrgico, que son sustentados por la Iglesia y que gozan de los privilegios civiles que la legislación imperial otorgaba a los clérigos, de tal forma que las diaconisas forman parte del clero, mientras que las viudas son excluidas de él.

Obispo y presbíteros son respectivamente puestos en paralelismo con el sumo sacerdote y con los sacerdotes de la antigua Alianza, mientras que a los levitas les corresponden todos los otros ministerios y estados de vida: «diáconos, lectores, cantores, ostiarios, diaconisas, viudas, vírgenes y huérfanos» (CA II 26, 3. CA VIII 1, 21). Se coloca al diácono «al servicio del obispo y de los presbíteros» y no debe jamás usurpar las funciones de éstos[64]. El diácono puede proclamar el evangelio y dirigir la oración de la asamblea (CA II 57, 18), pero solo el obispo y los presbíteros pueden exhortar (CA II 57, 7). La entrada en función de las diaconisas se hace por una epithesis cheirôn o imposición de manos que confiere el Espíritu Santo[65], al igual que para el lector (CA VIII 20.22). El obispo dice la oración siguiente: «Dios eterno, Padre de nuestro Señor Jesucristo, creador del hombre y de la mujer, tú que llenaste de espíritu a Myriam, Débora, Ana y Hulda, que no has juzgado indigno que tu Hijo, el Unigénito, naciese de una mujer, tú que en la tienda del testimonio y en el templo has instituido guardianas para tus santas puertas, tú mismo mira ahora a esta tu sierva que está aquí presente, propuesta para el diaconado, otórgale el Espíritu Santo y purifícala de toda impureza de la carne y del espíritu para que pueda desempeñar dignamente el oficio que le ha sido confiado, para tu gloria y para la alabanza de tu Cristo, por quien a ti sean gloria y adoración en el Espíritu Santo por los siglos. Amen»[66].

Las diaconisas son nombradas antes del subdiácono, el cual ha recibido una cheirotoniacomo el diácono (CA VIII 21), mientras que las vírgenes y las viudas no pueden ser «ordenadas» (VIII 24, 25). Las Constituciones insisten para que las diaconisas no tengan ninguna función litúrgica (III, 9, 1-2), pero amplían sus funciones comunitarias de «servicio con las mujeres» (CA III 16, 1) y de intermediarias entre las mujeres y el obispo. Se ha dicho siempre que ellas representan al Espíritu Santo, pero «no hacen nada sin el diácono» (CA II 26, 6). Ellas han de estar en las entradas de las mujeres en las asambleas (II 57, 10). Sus funciones se resumen de esta forma: «La diaconisa no bendice y nada hace de lo que le corresponde hacer a los presbíteros y diáconos, pero guarda las puertas y asiste a los presbíteros en el bautismo de las mujeres a causa de la decencia» (CA VIII 28, 6).

A esta observación hace eco aquélla otra, casi contemporánea, de Epifanio de Salamina en el Panarion, hacia el 375: «Existe ciertamente en la Iglesia el orden de las diaconisas, pero no es para ejercer funciones sacerdotales, ni para confiarles alguna empresa, sino por la decencia del sexo femenino en el momento del bautismo»[67]. Una ley de Teodosio, del 21 de junio del 390, revocada el 23 de agosto siguiente, fijaba la edad de admisión al ministerio de las diaconisas a los 60 años. El concilio de Calcedonia (can. 15) la rebajaba a 40 años, prohibiéndoles el matrimonio subsiguiente[68].

Ya en el siglo IV, la forma de vida de las diaconisas se aproxima al de las mujeres que viven en monasterios (monjas). Se llama, en esa época, diaconisa a la responsable de una comunidad monástica de mujeres, como da testimonio de ello, entre otros, Gregorio de Nisa[69]. Ordenadas abadesas de monasterios femeninos, las diaconisas portan el maforion o velo de perfección. Hasta el siglo VI, asisten aún a las mujeres en la piscina bautismal y para la unción. Aunque no sirven al altar, pueden no obstante distribuir la comunión a las mujeres enfermas. Cuando la práctica bautismal de la unción del cuerpo entero fue abandonada, las diaconisas no son sino vírgenes consagradas que han emitido el voto de castidad. Residen bien en los monasterios, bien en sus casas. La condición de admisión es la virginidad o la viudedad y su actividad consiste en la asistencia caritativa y sanitaria a las mujeres.

En Constantinopla, en el siglo IV, la más conocida de las diaconisas fue Olimpias, higoumene de un monasterio de mujeres, protegida de San Juan Crisóstomo, la cual puso todos sus bienes al servicio de la Iglesia. Fue «ordenada» (cheirotonein) diaconisa, por el patriarca, con tres de sus compañeras. El can. 15 de Calcedonia (451) parece confirmar el hecho de que las diaconisas son ciertamente «ordenadas» por la imposición de manos (cheirotonia). Su ministerio es llamado leitourgia y no les está permitido el contraer matrimonio después de la ordenación.

En el siglo VIII, en Bizancio, el obispo impone siempre las manos a la diaconisa y le confiere el orarion o estola (las dos franjas se colocaban delante, la una sobre la otra); le entrega el cáliz que ella coloca sobre el altar, pero sin darle a nadie la comunión. Es ordenada dentro de la liturgia eucarística, en el santuario, como los diáconos[70]. A pesar de la semejanza de los ritos de la ordenación, la diaconisa no tendrá acceso ni al altar ni a ningún ministerio litúrgico. Estas ordenaciones se orientan sobre todo a las higoumenes de los monasterios femeninos.

Es necesario precisar que, en Occidente, no se encuentra ninguna huella de diaconisas durante los cinco primeros siglos. Los Statuta Ecclesiae antiqua preveían que la instrucción de las mujeres catecúmenas y su preparación al bautismo fuesen confiadas a las viudas y a las monjas «elegidas ad ministerium baptizandarum mulierum[71]».

Algunos concilios de los siglos IV y V rechazan todo ministerium feminae[72] y prohíben toda ordenación de diaconisa[73]. Según el Ambrosiaster (en Roma, finales del siglo IV), el diaconado femenino era patrimonio de los herejes montanistas[74]. En el siglo VI, se designan a veces como diaconisas a las mujeres admitidas en el grupo de las viudas. Para evitar toda confusión, el concilio de Epaone prohíbe «las consagraciones de las viudas que se hacen llamar diaconisas»[75]. El concilio II de Orleans (533) decide apartar de la comunión a aquellas mujeres que hubiesen «recibido la bendición del diaconado, a pesar de las prohibiciones de los cánones, y que se hubiesen casado de nuevo»[76]. Se denominaban también diaconissae las abadesas o las esposas de los diáconos, por analogía con las presbyterissae e incluso con las episcopissae[77].

La presente panorámica histórica nos permite constatar que ha existido ciertamente un ministerio de diaconisas, que se desarrolló de forma desigual en las diversas partes de la Iglesia. Parece claro que este ministerio no fue considerado como el simple equivalente femenino del diaconado masculino. Se trata al menos, sin embargo, de una verdadera función eclesial ejercida por mujeres, mencionada a veces antes de la del subdiaconado en la lista de los ministerios de la Iglesia[78]. ¿Era este ministerio conferido por una imposición de manos comparable a aquella, por la que eran conferidos el episcopado, el presbiterado y el diaconado masculino? El texto de las Constituciones apostólicas dejaría pensar en ello; pero se trata de un testimonio casi único y su interpretación está sometida a intensas discusiones[79]. ¿La imposición de manos sobre las diaconisas debe asimilarse a la hecha sobre los diáconos, o se encuentra más bien en la línea de la imposición de manos hecha sobre el subdiácono y el lector? Es difícil zanjar la cuestión a partir únicamente de los datos históricos. En los capítulos siguientes se clarificarán algunos elementos y algunas cuestiones permanecerán abiertas. Particularmente, se consagrará un capítulo a examinar más de cerca cómo la Iglesia, a través de su teología y de su magisterio, ha tomado conciencia de la realidad sacramental del orden y de sus tres grados. Pero antes conviene examinar las causas que han conducido a la desaparición del diaconado permanente en la vida de la Iglesia.

 

Capítulo 3.2. Hacia la desaparición de las diaconisas

A partir del siglo X, ya no se nombra a las diaconisas más que en unión con instituciones de beneficencia. Un autor jacobita de esta época constata: «En tiempos antiguos se ordenaba a las diaconisas; éstas tenían por función el ocuparse de las mujeres adultas, con el fin de que éstas no se descubriesen delante del obispo. Pero cuando la religión se extendió y se decidió administrar el bautismo a los niños, dicha función fue abolida»[29]. Encontrarnos esta misma constatación en el Pontifical del Patriarca Miguel de Antioquía (1166-1199)[30]. Comentando el can. 15 de Calcedonia, Teodoro Balsamón, a finales del siglo XII, observa que «de lo que trata este canon ha caído totalmente en desuso. Ya que hoy día no se ordena a diaconisas, aunque se llame abusivamente diaconisas a aquellas que forman parte de las comunidades de ascetas»[31]. La diaconisa se transforma en una monja. Vive en monasterios en donde apenas se practican obras de diaconía, ya sea en el ámbito de la educación, en el de los cuidados hospitalarios o en el de los servicios pastorales.

La presencia de diaconisas es aún atestiguada en Roma a finales del siglo VIII. Mientras que los antiguos rituales romanos ignoraban a las diaconisas, el sacramentario Hadrianum, enviado por el Papa a Carlomagno y difundido por éste en todo el mundo franco, tiene una Oratio ad diaconam faciendam. Se trata en realidad de una bendición colocada como apéndice entre otros ritos de primera institución. Los textos carolingios hacen con frecuencia una amalgama entre diaconisas y abadesas. El concilio de París, del 829, prohíbe, en general, a las mujeres toda función litúrgica[32].

Las Decretales pseudo-isidorianas no mencionan a las diaconisas[33]. Un Pontifical bávaro, de la primera mitad del siglo IX, las ignora igualmente. Un siglo más tarde, en el Pontifical romano-germánico de Maguncia, se encuentra colocada después de la ordinatio abbatissae, entre la consecratio virginum y la consecratio viduarum, la oración Ad diaconam faciendam. No se trata aquí, de nuevo, más que de una bendición acompañada de la entrega por parte del obispo de la estola y del velo, lo mismo que del anillo nupcial y de la corona. Como las viudas, la diaconisa promete continencia. Es la última mención de la «diaconisa» en los rituales latinos. En efecto, el Pontifical de Guillermo Durando, a finales del siglo XIII, ya no habla de las diaconisas más que en términos del pasado[34].

En la Edad Media, las religiosas hospitalarias y dedicadas a la enseñanza desempeñan de hecho funciones de diaconía sin ser por ello mismo ordenadas en función de este ministerio. El título, sin corresponder a un ministerio, permanece atribuido a mujeres que son instituidas viudas o abadesas. Hasta el siglo XIII, a las abadesas se les llama algunas veces diaconisas.

Conclusión

… En lo que respecta a la ordenación de mujeres para el diaconado, conviene notar que emergen dos indicaciones importantes de lo que ha sido expuesto hasta aquí: 1) las diaconisas de las que se hace mención en la Tradición de la Iglesia antigua —según lo que sugieren el rito de institución y las funciones ejercidas— no son pura y simplemente asimilables a los diáconos; 2) la unidad del sacramento del Orden, en la distinción clara entre los ministerios del obispo y de los presbíteros, por una parte, y el ministerio diaconal, por otra, está fuertemente subrayada por la Tradición eclesial, sobre todo en la doctrina del concilio Vaticano II y en la enseñanza posconciliar del Magisterio. A la luz de estos elementos puestos en evidencia por la investigación histórico-teológica presente, corresponderá al ministerio de discernimiento que el Señor ha establecido en su Iglesia pronunciarse con autoridad sobre la cuestión.

 

NOTAS Capitulo 2.4. El ministerio de las diaconisas

[58] Tradición apostólica 10; SCh 11bis, 67.

[59] Cf. Tertuliano, A su esposa 1,7,4; SCh 273; Exhortación a la castidad 13,4; SCh 319.

[60] «C’est au limes oriental de l’Empire romain que nous voyons enfin apparaître des diaconesses: le premier document qui les présente et qui en est en quelque sorte l’acte de naissance, c’est la Didascalie des Apôtres […] connue que depuis la publication en 1854 […] de son teste syriaque» (A. G. Martmiort, Les diaconesses. Essai historique [Roma 1982] 31).

[61] La colección más extensa de todos los testimonios sobre este ministerio eclesiástico, acompañada de una interpretación teológica, es la de J. Pinius, «De diaconissarum ordinatione», en Acta Sanctorum, Sept. I, Anvers 1746, I-XXVII. 1,a mayor parte de los documentos griegos y latinos mencionados por Pinius son reproducidos por J. Mayer, Monumenta de viduis diaconissis virginibusque tractantia (Bonn 1938). Cf. R. Gryson, Le ministère des femmes dans l’Église ancienne (Recherches et synthèses; Gembloux 1972).

[62] Norma retomada por las Constituciones apostólicas III 19,1. Sobre los orígenes de la profesionalización del clero, cf. G. Schöllegen, Die Anfänge der Professionalisierung des Klerus und das Kirchliche Amt in der Syrischen Didaskalie (JAC. Erg.-Bd. 26; Münster 1998).

[63] El compilador está atento a los matices del vocabulario. En CA II 11,3, dice: «no permitimos a los presbíteros el ordenar (cheirotonein) a los diáconos, a las diaconisas, a los lectores, a los sirvientes, a los cantores o a los ostiarios, esto solo le corresponde a los obispos». No obstante, reserva el término de cheirotonia a la ordenación del obispo, del presbítero, del diácono y del subdiácono (VIII 4-5; 16-17; 21). Emplea la expresión epitithenai ten (tas) cheira(s) para las diaconisas y el lector (VIII 16,2; 17,2). No parece que quiera introducir aquí una diferencia de sentido, porque todas estas imposiciones de manos están acompañadas de una epíclesis del Espíritu Santo. Para los confesores, las vírgenes, las viudas, los exorcistas, precisa que no hay cheirotonia (VIII 23-26). El compilador distingue por otra parte entre cheirotonia y cheirothesia, que es un gesto de simple bendición (cf.VIII 16,3 et VIII 28,2-3). La cheirothesia puede ser practicada por los sacerdotes, en el ritual del bautismo, la reintegración de los penitentes o la bendición de los catecúmenos (cf. II 32,3; II 18,7; VII 39,4).

[64] Cf. CA III 20,2; VIII 16,5; VIII 28, 4-, VIII 46,10-1 1.

[65] El can. 19 de Nicea (325) podría ser interpretado no corno rechazando la imposición de manos a todas las diaconisas en general, sino como la simple constatación de que las diaconisas del partido de Pablo de Samosata no recibían la imposición de manos, y «eran de todas formas contadas entre los laicos», y que era preciso reordenarlas después de haberlas rebautizado, como a los otros ministros de este grupo disidente retornados a la Iglesia católica. Cf. G. Alberigo, Les conciles oecuméniques. II/1: Les Décrets (París 1994) 54.

[66] CA VIII, 20, 1-2; SCh 336; Metzger, 221-223.

[67] Epifanio, Panarion haer. 79,3,6, ed. K. Holl, GCS 37 (1933) 478.

[68] Cf, G. Alberigo, Les conciles oecuméniques, o,c, II/1, 214.

[69] Gregorio de Nisa, Vida de santa Macrina 29,1; SCh 178; Maraval, 236-237

[70] Ritual de ordenación de diaconisa bizantina: Euchologe du manuscrit grec Barberinia 336, en Biblioteca Vaticana, ff 169R-17/v. Citado por J.-M. Aubert, Des femmes diacres (Le Point Théologique 47; París 1987) 118s.

[71] Cf. can. 100 (Munier 99). Además, está expresamente prohibido a las mujeres «incluso instruidas y santas» el enseñar a hombres, y el bautizar (cf. can, 37,41; ibid., 86)

[72] Concilio de Nimes (394/6), can. 2. Cf. J. Gaudemet, Conciles gaulois du IVe siècle (SCh 241; París 1977) 127-129.

[73] Concilio de Orange 1 (441), can. 26.

[74] Cf. ed. H. I Vogels, CSEL 81/3 (Viena 1969) 268.

[75] Concilio de Epaone (517), can. 21 (C. de Clercq, Concilia Galliae 511-695 [CCL 148A; 1963] 29). Las bendiciones diaconales a las mujeres han podido multiplicarse, porque el ritual no preveía una bendición de viudas, como lo recordará el II concilio de Tours (567), can. 21 (ibid. 187).

[76] Ibid., 101

[77] Cf. II concilio de Tours, can. 20 (ibid., 184).

[78] Numerosos comentaristas han tomado el modelo del Ambrosiaster en su Comentario de 1 Tim 3,11 (CSEL 81,3; G. L. Müller [dir.], Der Empfänger des Weihesakraments. Quellen zur Lehre und Praxis der Kirche, nur Männern das Weihesakrament zu spenden [Würzburg 1999] 89): «Sed Cataphrygae occasionem errores cantantes, Procter quod post diaconos mulieres adloquitur, etiam ipsas diaconissas (diaconas) debere ordinari vana praesumptione defendunr, cum sciant apostolos septem diaconos elegisse (cf. Act 6,1-6).           Numquid nulla mulier tunc idonea inventa est, cum inter undecim apostolos sanctas mulieres fuissc legamus? (cf. Act 1,14) […] ut, cum ille mulierem in ecclesia in silentio esse debere praecipat (cf. 1 Cor 11,34)». Ver igualmente J. Crisóstomo, In I. Tm hom. 11; PC, 62, 555; Epifanio, Haer. 79,3 (G. L. Müller, Quellen, 88); Concilio de Orange (G. L. Müller, Quellen, 98); Concilio de Dovin (Arménie, 527): «Feminis non licet ministeria diaconissae praestare nisi ministerium baptismi» (G. L. Müller, Quellen, 105); Isidoro de Sevilla, De eccl. off. II, 18, Il (G. L. Müller, Quellen, 109). Decretum Gratiani, can. 15 (G. L. Müller, Quellen,115); Magister Rufinus, Summa Decretorum, can. 27, q. l (G. L. Müller, Quellen, 320); Roberto de Yorkshire, Liber poenitaentialis, q. 6,42 (G. L. Müller, Quellen, cit., 322); Tomás de Aquino, In 1 Tm III, 11 (G. L. Müller, Quellen, cit., 333); etc.

[79] Cf. P. Vanzan, « Le diaconat permanent féminin. Ombres et lumières»: La documentation catholique 2203 (1999) 440-446. El autor evoca las discusiones que han tenido lugar entre R. Gryson, A. G. Martimort, C. Vagaggini y C. Marucci. Cf. L. Scheffczyk (ed.), Diakonat und Diakonissen (St. Ottilien, 2002), en particulare M. Hauke, «Die Geschichte der Diakonissen. Nachwort und Literaturnachtrag zur Neuauflage des Standardwerkes von Martimort über die Diakonissen, pp. 321-376.

 

NOTAS Capítulo 3.2. Hacia la desaparición de las diaconisas

[29] Cf. G. Khouri-Sarkis, «Le livre du guide de Yahya ibn Jarir», en Orient syrien 12 (1967) 303-318.

[30] «La chirotonie ou ordination se faisait aussi jadis pour les diaconesses: et pour cette raison le rite les concernant était transcrit dans les manuscrits anciens. On eut jadis besoin des diaconesses principalement pour le baptême des femmes» (cit. A. G. Martimort, Les diaconesses, o.c., 167).

[31] Scholia in Concilium Chalcedonense, PG 137, 441 (cit. por A. G. Martimort, Les diaconesses, o.c., 171).

[32] Cap. 45 (ed. A. Werminghoff, Concilia aevi karolini, I, 639).

[33] Cfr F. Unterkircher, Das Kollektar-Pontifikale des Bischofs Baturich von Regensburg (817-848) (Spicilegium Friburgense 8), Friburgo 1962.

[34] Entre el De ordinatione abbatissae y el De benedictione et consecratione virginum, elDe ordinatione diaconissae se reduce a algunas lineas y se expresa de esta forma: «Diaconissa olim, non tamen ante annum quadragesimum, ordinabatur hoc modo». Ver M. Andrieu, o.c. (Lib. I, XXI-XXIII) 411.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *