Diácono Eduard Ludwig: Resumen de las ideas clave del artículo del doctor Santiago del Cura "Cuestiones pendientes en la teología actual del diaconado: comentario y valoración"

Autor: Diácono Eduard Ludwig

Sobre la sacramentalidad del diaconado:

Diácono Santiago del Cura hace un estudio sobre las publicaciones que tratan este tema. Son pocas y sobre todo antiguas las publicaciones de teólogos que niegan que el diaconado sea un sacramento. En principio hay consenso de que el tercer grado del sacramento del orden es un sacramento. La cultura a veces ha querido marcar los sacramentos desde el punto de vista de la “eficacia” desde ese punto de vista el diaconado no aporta (casi) nada (pero tampoco el episcopado). Por tanto es necesaria una profundización teológica en la totalidad del sacramento del orden (en sus tres grados) y son muy pocos los teólogos que enfocan el sacramento desde el punto de vista de los tres grados centrándose casi siempre en el segundo y dejando de lados el tercero y el primero.

 

Non ad sacerdotium, sed ad ministerium (episcopi):

Esta formula la recoge LG29 y parece que es la que inspira el motu proprio “omnuim in mentem” Su origen está en la Traditio Apostólica (s. III). Luego la recoge los Statuta Ecclasiae antiqua (s. V) en los que se percibe una orientación más bien antidiaconal omiten la palabra (episcopi) y por tanto vacián la frase al menos parcialmente del significado que tenía.

Hay consenso entre la mayoría de los teólogos que las palabras “non ad sacerdotium” no limitan la sacramentalidad sino que se refieren a las tareas sacerdotales de santificación (principalmente consagrar y confesar).

La interpretación más consensuada de las palabras “ad ministerium episcopi” hace referencia a que el diácono está ordenado para estar al servicio de las traeas (ministerium) del obispo. La referencia directa e inmediata del diaconado al ministerio episcopal haría de los diáconos los colaboradores natos del obispo con la posibilidad (preferente) de desempeñar tareas de ámbito supraparroquial y diocesano[1].

 

Los diáconos habilitados para servir “in persona Christi”

Nos encontramos con la distinción de “in persona Christi capitis” e “in persona Christi servi”. La primera se emplea para obispos y presbíteros y la segunda para diáconos. Sin embargo Del Cura como muchos otros teólogos dicen que se puede hablar de una actuación del diácono “in persona Christi capitis” no en uso estricto (administración de sacramentos) pero sí en un uso más amplio que incluiría el resto de las actuaciones, sobre todo su condición de pastor y de ministro ordenado (sacerdocio ministerial). Desde este sacramento el diácono está llamado a servir (la especificidad del diácono es la representación de Cristo siervo), a ser “sacramento del servicio a Dios y a los hermanos”[2]. El diácono es por tanto signo sacramental de Cristo siervo y desde ese sacramento sirve con liderazgo. El sacramento le otorga una “potestas” que no tienen los laicos que por hacer tareas de suplencia no se convierten en pastores cuando el diácono por su sacramento es pastor.[3]

 

Tareas del ministerio Diaconal:

Del Cura habla tanto del triple munus (sacerdote, profeta y rey) como de los tres pilares (liturgia, palabra, caridad) como bases para entender sus funciones. (En el triple munus la caridad estaría situada en el munus regendi.) Los dos enfoques dan un amplio espectro de tareas para el diácono y Del Cura advierte varias veces a lo largo de su trabajo del peligro de encasillar al diácono en un tipo concreto de tareas. Dice también explícitamente que ninguno de los tres pilares constituye el elemento configurador por encima de los otros dos pilares.[4] Para ello es recomendable leer LG29 conjuntamente con AG16.

 

Sobre el motu proprio “ómnium in mentem”:

Del Cura opina que el motu proprio tuvo sentido en cuanto a que le da al diácono un lugar y una identidad específica frente al presbítero y al obispo. Pero Del Cura critica la dificultad de interpretarla dentro del marco del sacramento del orden y nos recuerda que el motu proprio si es leído literalmente está en contradicción con algunos textos conciliares. Del Cura ve necesario y urgente (igual que lo vimos Pablo Blanco y yo) que el vaticano y no solo los teólogos den una interpretación de este texto. Especialmente la frase “vim populo Dei serviendi” aplicada al diácono da dificultades e interpretación y ha sido traducida erróneamente a algunas lenguas vernáculas.


 

[1] P. 46

[2] Papa Francisco en un encuentro con los diáconos de ls diócesis de Milan 825.3.2017)

[3] Pp. 58 y 61; cf. ChL, 23 (“quien ejerce un ministerio laical no puede ser considerado como “pastor”); LG 11 (aplica el “pastoreo” a todos los minitros ordenados”)

[4] P. 57

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